ESTRATO 0 · EL SPOILER

Spoiler de la Ley

Trabajas, tienes derechos

Si prestas personalmente un trabajo, recibes órdenes y te pagan, la relación laboral existe desde el primer día.

Sin contrato, derechos

No firmar contrato no elimina tus derechos. La obligación de poner las condiciones laborales por escrito corresponde al patrón.

Alta en cinco

El patrón debe inscribirte en el IMSS y comunicar tu alta dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles.

Temporal también cuenta

Ser estudiante, trabajar fines de semana o quedarte pocos meses no elimina el aseguramiento: la ley incluye trabajo permanente y eventual.

Prestaciones se generan

Aunque trabajes pocos meses, generas derechos. Aguinaldo y, al terminar la relación antes del año, vacaciones corresponden proporcionalmente al tiempo trabajado.

Propinas no sustituyen

Meseros y trabajadores de restaurantes tienen derechos laborales. Las propinas forman parte de su salario, pero no sustituyen prestaciones ni seguridad social.

Revisa tus semanas

Consulta tu Constancia de Semanas Cotizadas. Confirma si apareces registrado, desde qué fecha y con qué salario.

Si falta, actúa

Si no apareces, guarda pagos, fechas y datos del patrón. Pide asesoría y denuncia ante el IMSS la falta de inscripción.

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