LA RÉPLICA DE RECTORÍA CUCSH

Isaac Guzmán

5/3/2026

Durante la entrevista, la rectora pidió derecho de réplica.

Aquí va, completo y sin recorte.

La administración sostiene que la "Suspensión Temporal por adeudo" no es una sanción ni una baja, sino un estatus operativo en el SIIAU cuya finalidad es identificar a estudiantes con adeudo para canalizarlos a condonación, reducción o aplazamiento.

Según la rectoría, la figura se eligió precisamente para no aplicar la baja administrativa prevista en el artículo 19 del Reglamento General de Ingreso, que sí está reglamentada y, en su criterio, habría sido más lesiva.

La rectora afirma que la medida no buscaba perjudicar a la comunidad estudiantil, sino regularizar su situación. Sostiene que las aportaciones financian operación esencial: jardineros, personal de limpieza, profesores con sueldos mínimos.

Que la administración planea construir un comedor universitario para apoyar a estudiantes en situación de vulnerabilidad alimentaria, instalar bebederos y mejorar espacios de uso común.

Reconoce que la medida fue comunicada de manera abrupta y que existieron fallas en la difusión hacia la comunidad estudiantil.

Atribuye la baja respuesta a la convocatoria previa de condonación a problemas de comunicación interna.